Promocionando la inversión privada en el siglo XXI

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Promocionando la inversión privada en el siglo XXI

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De más está señalar que la inversión privada es uno de los pilares para el crecimiento de una nación. Para atraer y retener mayores inversiones, los países –y también las regiones y ciudades– entran en competencia, lo cual saca a relucir sus fortalezas y debilidades. En este marco, muchos países latinoamericanos han venido promulgando leyes y simplificando procesos, buscando, de esta manera, que su potencial de inversión vaya acompañado por medidas propicias para atraer y retener capitales.

En el Perú, la desaceleración del crecimiento de la economía desde el 2013 ha requerido, forzosamente, tomar medidas que fomenten las inversiones, promulgando leyes, precisando normas y simplificando procedimientos.

En esta línea se promulgó la Ley N° 30230, que busca promocionar y dinamizar la inversión en el país mediante medidas tributarias y simplificar procedimientos y permisos, incluidos beneficios para proyectos relacionados con el sector minería e hidrocarburos. Entre otras medidas, la ley modifica aspectos de la declaratoria de áreas naturales protegidas (ANP), de manera que ya no es el Ministerio del Ambiente el que declara una zona de reserva, sino el Consejo de Ministros. Asimismo se establece que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) privilegiará las acciones orientadas a prevenir y corregir conductas infractoras y, durante un período de tres años a partir de promulgada la ley, las sanciones no podrán ser superiores al 50% de la multa que correspondería aplicar, con excepción de infracciones muy graves, reincidencia y actividades que no cuenten con el instrumento de gestión ambiental o la autorización de inicio de operaciones. También se agilizan los trámites para presentar un EIA, independientemente del tamaño del proyecto –las opiniones de los expertos deben darse en un máximo de 45 días–, y se elimina la necesidad de los EIA para proyectos inmobiliarios, siempre y cuando se realicen en zonas urbanas.

Otra ley promulgada en el 2014, enfocada en innovación, investigación y desarrollo, es la Ley de Promoción de la Inversión Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica, que otorga deducciones tributarias del 100% –sin ninguna restricción– a toda empresa, independientemente del tamaño o rubro, que realice por su cuenta o por parte de terceros proyectos de I+D+i. La empresa también puede optar por el régimen que permite una deducción adicional de 75%, hasta un límite anual de S/. 5.1 millones; en este caso, deberá estar calificada ante Concytec según los requerimientos indicados en la ley.

Estos ejemplos y otros muestran que el gobierno peruano tendría la intención de ir en la dirección correcta para atraer inversiones y reactivar la economía; sin embargo, surge la inquietud de si esas medidas son las más adecuadas y si son lo suficientemente efectivas, y competitivas, para atraer a inversionistas que evalúan oportunidades no sólo en otros países en Latinoamérica, sino en todo el mundo. En este sentido, puede ser útil mirar a otros países de la región y ver cuáles fueron sus apuestas.

Panamá y su apuesta por el turismo

Panamá cuenta con una legislación que incentiva las inversiones extranjeras en el sector turismo. La Ley No. 80, promulgada del 8 de noviembre del 2012, favorece la promoción de diversas clases de turismo: aventura, científico, cultural, crucero, sol y playa, negocios, pesca deportiva, reuniones, exhibiciones, náutico y rural.

En líneas generales destacan la exoneración total del pago de impuesto a la renta, por cinco años, y la exoneración total del pago de impuestos de importación, también por cinco años, que se aplican a la construcción de establecimientos e infraestructura complementaria, el fomento de viajes a Panamá, y las inversiones en puertos de crucero y otros activos de empresas relacionadas con el sector turismo.

A septiembre del 2014 se estimó que, en lo que iba del 2014 y gracias a esta ley, ya se habían invertido US$82 millones en proyectos turísticos fuera de la capital panameña.

Uruguay: inversión calificada

La estrategia de incentivos fiscales es también aplicada en Uruguay. La Ley N° 16.906, que busca fomentar la inversión en los sectores industria, agropecuario, comercio y servicio, fue modificada en el 2007, para beneficiar también a pequeñas y medianas empresas. El principal beneficio es la exoneración parcial del IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, similar al Impuesto a la Renta en el Perú), sobre la base de un análisis y de la aplicación de una matriz de objetivos e indicadores, donde la empresa puede elegir el indicador con el cual será evaluada. De esta manera, la legislación uruguaya ofrece una forma de calificar y categorizar la exoneración que cada proyecto debe tener, considerando las características de inversión y su impacto.

Según un informe de la consultora CPA Ferrere, entre el 2008 y julio del 2012, este sistema habría promovido más de 2,800 proyectos y alcanzado valores récord en inversión. Dados los resultados obtenidos se optó por actualizar el régimen de promoción de inversiones en el 2012, y otorgar aún mayores beneficios para las mypes y para empresas ubicadas en parques industriales.

Complementariamente a la exoneración del IRAE, en Uruguay también se ofrecen exoneraciones de otros tributos, entre los cuales resaltan el impuesto al patrimonio (bienes inmuebles que son parte de la inversión fija del proyecto durante toda su vida útil); tasas y tributos a la importación, siempre y cuando se trate de bienes de capital declarados no competitivos con la industria nacional; y el IVA (similar al IGV del Perú) para exportadores y para comprar materiales y servicios que estén destinados a construir obras civiles.

Chile: Ley I+D

En el 2012, Chile promulgó la ley de incentivo tributario a la investigación y desarrollo, llamada Ley I+D. Los incentivos tributarios se centran en el monto invertido en I+D, del cual el 35% pasa a ser un crédito tributario contra el impuesto de primera categoría. El restante 65% podrá ser considerado como gasto para reducir la renta.

Otro ejemplo es el proyecto de ley para la inversión extranjera directa en Chile, aprobado el 20 de marzo del 2015. La propuesta legal establece el régimen aplicable a este tipo de inversión, y reconoce la garantía de acceso al mercado cambiario formal y de remesa del capital y utilidades, la no discriminación arbitraria y la exención del impuesto a las ventas y servicios a las importaciones de bienes de capital. Además, entre otros aspectos, se crea el Comité de Ministros para el Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera, y la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera.

*Artículo elaborado conjuntamente con Carlos Amado, analista de Aurum Consultoría y Mercado.